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Nuevas Tasas Municipales de Obras y Actividades en Sevilla

  • INGETEC INGENIEROS
  • 17 abr
  • 1 min de lectura

Desde el 1 de enero de 2026, en Sevilla capital resulta de aplicación la nueva Ordenanza Fiscal de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente, que establece tasas por la tramitación de servicios urbanísticos y medioambientales.


¿Cómo afecta esto?

Afecta directamente a quienes vayan a implantar una nueva actividad, adecuar un local comercial o nave industrial, o tramitar su apertura mediante Declaración Responsable o procedimiento sujeto a Calificación Ambiental.


En la práctica, esto significa que, además del coste de ejecución de las obras o de la documentación técnica necesaria, el promotor deberá asumir también las tasas municipales de tramitación. En el caso de obras, la nueva ordenanza prevé una tasa del 1,85 % sobre la base imponible correspondiente.


Para la implantación de actividad, la tasa se fija según la superficie construida del establecimiento, con tasas que parten de los 200€ para el caso de locales de hasta 50 m2.


Para el caso de actividad sujetas a Calificación Ambiental previa, la ordenanza establece un recargo del 60% sobre la tasa de actividad. No obstante, si se tramitan conjuntamente la obra y la actividad o apertura, se contempla una reducción del 40% sobre la cuota de actividad antes de aplicar dicho recargo.


En INGETEC INGENIEROS ayudamos a nuestros clientes a analizar cada caso y definir la vía más adecuada para la implantación de su actividad, con el objeto de evitar costes imprevistos y agilizar la puesta en marcha.



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